A principios de los años noventa, mi primera profesora de Derecho
Civil nos recomendó una lectura (casi obligada, no nos engañemos) titulada “Bromas y veras en la ciencia jurídica”,
de un tal Rudolf Von Ihering. Aquello nos pareció un entretenimiento de futuros
juristas, alguien que se dedicaba a publicar una serie de cartas mezclando
conceptos que se nos escapaban y manejándolos a través de guiños jurídicos
dirigidos al lector. Por supuesto, debía ser una gran obra, pero no
alcanzábamos a comprender buena parte de la misma. Sin embargo, cómo disfruté
al llegar a la Parte Tercera, al relato de un teórico romanista que alcanza el
cielo de los conceptos en estado de pureza, mezclándose entre ellos. ¡Cómo
olvidar la construcción del contrato, la mora, la obligatio, la reivindicatio
o la inolvidable y vieja posesión!
Lo cierto es que, desde entonces, esta obra ha ido acompañándome a
lo largo de estos veintiún años gracias a la que hoy es mi maestra, Ana Cañizares Laso,
y sin duda debería ser lectura obligada para los alumnos de ultimo curso (grado
o licenciatura, ¡qué más da!). El caso es que, tras estos años de docencia,
llegó la hora de impartir una asignatura optativa, de esas que la mayoría de
los alumnos deberían matricularse por interés más que por obligación: Derecho
Inmobiliario Registral. Nos esperan temas tan interesantes como la transmisión
de los derechos reales, la doble inmatriculación, la inscripción a través del
art.206LH, la eficacia de las anotaciones, o el “archiconocido” (y a veces tan
temido) tercero hipotecario, entre otros. Y a todo ello se le une la reforma efectuada a la Ley Hipotecaria de junio de 2015, que persigue la coordinación
registral con el Catastro, pero que aprovecha para modificar ciertos artículos
de envergadura en nuestro texto legal.
Por ello, y porque a veces estamos enormemente cansados, tanto los
docentes como el alumnado de Derecho, de que se nos tache de carrera teórica
anquilosada en la enseñanza de antaño, este grupo junto a su docente se ha
propuesto lo siguiente: abandonar este “cielo
de los conceptos” que nos achacan, e imaginar que podemos mostrarles la
formación que hemos obtenido a lo largo de estos años, empleando los medios que
se nos ofrecen en la actualidad. Este Blog es ejecutado únicamente por los
alumnos, las opiniones jurídicas vertidas en las entradas serán exclusivamente
suyas. A vosotros alumnos, os animo a participar sin pensar en las
consecuencias en la calificación, sino por dar un paso más allá en vuestra formación
jurídica. A ti, lector, sugerirte que si tienes algo que comentar, no te
prives, pero con el respeto que merecen alumnos que han expuesto su opinión
jurídica a todos.
Y no olvidemos lo que nos recomendaba Ihering: “Ningún jurista, tampoco el práctico, puede
prescindir de una buena dosis de fantasía…”
Alumnos, que disfrutéis…
Alumnos, que disfrutéis…
Paloma Saborido Sánchez.
Profesora Titular de Derecho Civil en la UMA.
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